En España tenemos 15 tipos de permisos de conducir,
aunque algunos de ellos son el resultado de la combinación de dos diferentes y
lo que es más curioso, uno de ellos simplemente no sirve para nada en nuestro
territorio. Para la mayoría es necesario aprobar un examen teórico y uno
práctico, pero no en todos, y si se quiere ejercer como profesional, hay casos
en los que además es necesario sacarse el CAP o Certificado de Aptitud
Profesional.
El permiso de conducir B autoriza el manejo
de los siguientes vehículos: Automóviles cuya masa máxima
autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y
construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del
conductor, triciclos y cuatriciclos de
motor.
La Dirección General de Tráfico (DGT) autorizará la
conducción de vehículos ecológicos de entre 3.500 y 4.250 kilos con el permiso
B, siempre que el conductor posea una antigüedad mínima de dos años con esa
licencia, según confirman fuentes de Tráfico.
Eso sí, la DGT deja claro que este cambio solo
afectará en el caso de vehículos propulsados por energías alternativas,
incluyendo furgonetas de gas -GNC o GLP- o por algún sistema electrificado. De
esta manera, la DGT compensa el exceso de peso que conlleva el uso de
baterías o de los depósitos adicionales para el almacenamiento de gas.

No hay comentarios:
Publicar un comentario