martes, 4 de septiembre de 2018

Renovar el permiso fuera de España


RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN EL EXTRANJERO






Según recomienda la DGT es mejor tramitar la renovación del permiso de conducir en el consulado Español. Lógicamente cada embajada y cada país es diferente de ahí que sospecho que es mejor consultarlo ahí mismo. De todas formas el sitio web de la DGT recomienda esto en su portal:

  1. Primero hay que solicitar un talón-foto en el consulado y rellenarlo debidamente. Adjuntando una fotografía.
  2. Ademas hay que conseguir un informe médico en el país donde donde este especificado que eres apto para conducir.
  3. Por ultimo pagar las tasas Online o mediante transferencia bancaria. La cuenta y el procedimiento lo puedes encontrar en la DGT.

Cabe destacar que si no renuevas el permiso de conducir no pasaría nada. Actualmente por mucho tiempo que pase no lo pierdes nunca. Siempre puedes venir a España y renovarlo aquí perdiendo media mañana en cualquier centro de reconocimientos autorizado. De hecho es lo que hace la mayoría de la gente según los comentarios.

miércoles, 27 de junio de 2018

ESTADO DE MI CARNET


¿Has renovado el permiso de conducir recientemente y todavía no lo has recibido en tu domicilio?







Para saber donde se encuentra puedes consultar su estado en la página web de la DGT.

Recuerda que al renovar tu carnet te facilitamos una autorización temporal con una validez de 3 meses. 

Si no recibes tu carnet en ese periodo deberás solicitar un duplicado de forma gratuita. 

Para cualquier duda, ponte en contacto con nosotros. Telf: 950 40 21 07

Feliz verano!

lunes, 28 de mayo de 2018

¿MULTAS?¿DÓNDE?

¿Te multan si llevas el carnet caducado un día? 
6 despistes que salen caros


Las obligaciones del conductor son unas cuantas: cumplir el Código de Circulación, llevar el coche en buen estado y, no menos importante, vigilar siempre el calendario. Un despiste de un día puede convertirse en una multa de hasta 3.000 euros y, en otros casos, en recargos impositivos e incluso embargos de cuentas. Apunta en la agenda las fechas clave para evitar disgustos posteriores.

1. CONDUCIR CON EL CARNET CADUCADO


Si lo dejas en el cajón y vas en autobús, en tren o metro, no pasa nada, pero circular con el carnet caducado está tipificado como infracción grave en la Ley de Tráfico, con una multa de 200 euros (sin pérdida de puntos).


2. DEJARSE EL CARNET EN CASA



No es tan grave como el caso anterior, pero también cuesta dinero. Si un agente te pide el permiso de conducir y no lo llevas encima –pero está en vigor–, la multa puede ser de hasta 100 euros (se considera infracción leve). Sin embargo, Tráfico aplica generalmente una sanción de 10 euros.

3. NO LLEVAR EL PERMISO DE CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO

También se considera una infracción menor y supone una multa de 10 euros, siempre que se trate de un descuido y simplemente el documento no esté en el coche. Si lo que ocurre es que el vehículo no cuenta con el permiso, la multa es de 500 euros (infracción grave).

4. CIRCULAR SIN SEGURO

Ocurre como con el carnet caducado: un solo día es suficiente. Todos los coches deben tener seguro de responsabilidad civil, como mínimo, y en cuanto vence la póliza, la cobertura desaparece. No existe prórroga posible: si la Guardia Civil de Tráfico lo detecta, la multa va de 601 a 3.000 euros.

5. NO PASAR LA ITV

Conducir con la ITV caducada equivale a 200 euros de multa. También hay que pagar (10 euros) si no llevas contigo la tarjeta de la ITV, aunque esté hecha la inspección.

6. OLVIDARSE DEL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN

Esta tasa municipal también es obligatoria y su cuantía depende del tipo de vehículo y de cada ayuntamiento. En este caso, ningún agente te impedirá circular por no haber pagado el impuesto, pero el consistorio en cuestión irá aplicando un recargo que aumentará en función del tiempo que pases sin pagar.

Fuente: motor.elpais.com